Publicado el 24/09/2008

Derechos de Agua

Requisitos para inscripción de derechos de aguas subterráneas (pozos profundos) ante la Dirección General de Aguas (DGA) En los casos de las personas naturales se debe acompañar a la solicitud:

1.- Fotocopia del RUT.

2.- Domicilio

3.- Copia de inscripción de dominio de la propiedad donde se encuentra el pozo con certificado de vigencia o bien autorización notarial del dueño del terreno para que otra persona ajena solicite el derecho de aprovechamiento de aguas a su favor.

4.- Prueba de bombeo de gastos variables con estabilización de niveles a lo menos por 180 minutos.

5.- Prueba de bombeo de gasto constante de mínimo 24 horas con estabilización de niveles a lo menos 180 minutos.

6.- perfil estratigráfico del pozo.

7.- Es necesario conocer la ubicación exacta del pozo para determinar el sector acuífero en que se encuentra, en cuanto a si existe o no disponibilidad para la constitución de nuevos derechos. Si es persona jurídica, se debe agregar:

-RUT de la sociedad -Escritura de constitución de sociedad - Poder del o los representantes legales - Certificado de vigencia de la sociedad.

Es la Dirección General de aguas es la que otorga estos derechos, se debe publicar la solicitud en un diario de la zona y si en un plazo de 30 días no hay oposición por parte de particulares u algún organismola DGA toma la desición, siempre y cuando la zona no este declarada en restricción.

Ante esta eventualidad siempre existe la posibilidad de adquirir derechos de aprovechamiento legalmente constituidos con anterioridad a la restricción.

Fuente : " Aguamarket "
Fuente: Aguamarket
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